Tipo de deducciones

Tipo de deducciones

Al recibir ingresos y estar bajo un régimen fiscal, se está obligado a pagar impuestos. Para poder calcular estos impuestos, ya seas persona física o moral, se consideran los ingresos que recibos y los gastos que haces, las famosas deducciones.

Las deducciones son los gastos que haces y que cumplen con los requisitos de ley (como tener una factura que los ampare) para así poder aplicarlo contra los ingresos y por ende, poder pagar menos impuestos.

Pero existen dos tipos de deducciones muy diferentes: Las autorizadas y las personales.

¿Qué son las deducciones autorizadas?

Son un gasto que puedes deducir porque es indispensable para realizar tu trabajo.

Si eres diseñador/a algunos ejemplos serían: Luz, internet, computadora.

Si eres arquitect/x algunos ejemplos serían: Computadora, programas de modelado 3D, impresoras, plotter, etc.

¿Cómo se aplican?

Existen periodos para aplicar las deducciones a tus ingresos dependiendo el régimen en el que estés registradx.

Pueden ser desde:

RIF - Bimestre.

Persona Física - Cada mes.

Persona Moral - Cada mes.

Esta información la sabrás en el momento en que te des de alta, pues se emite en tu Constancia de Situación Fiscal.

Excepciones.

Casos donde NO aplican las deducciones autorizadas:

  1. Si recibes ingresos únicamente por plataformas electrónicas como Amazon, Uber, MercaLibre, etc.
  2. Si eres asalariado.

¿Cuáles son las deducciones personales?

Estas a diferencia de las anteriores, son iguales para todxs.

Aquí les dejamos la lista:

  • Pagos por honorarios médicos: dentistas, psicólogxs, nutrióloxs, etc.
  • Pagos por servicios de enfermería: análisis, estudios clínicos, prótesis, gastos hospitalarios.
  • Aparatos para la recuperación del paciente: Lentes, muestras, estudios de sangre, etc.*NO entran medicinas de farmacias.
  • Colegiaturas: tuyas, las de tu cónyuge, papás y/o las de tus hijxs.
  • Gastos funerarios.
  • Intereses por créditos hipotecarios.
  • Donativos realizados únicamente a instituciones autorizadas.
  • Aportaciones complementarias a la subcuenta de tu AFORE.
  • Primas por seguros de gastos médicos.

Cada concepto de los anteriores debe cumplir con ciertos requisitos y algunos tienen límites en cantidades.

¿Cómo se aplican?

Se presentan en la declaración anual y lo aplican personas físicas con cualquier tipo de actividad económica, incluyendo lxs asalariadxs.

Excepciones.

  1. Los RIF.
  2. Las Personas Morales.
  3. Próximamente los RESICO.

Si es tu primera vez presentando estas deducciones te recomendamos asesorarte con tu contador/a para saber cómo aplicarlas de manera correcta.

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